Así lo oficializó el Gobierno Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 39/21 publicado en el Boletín Oficial...
Así lo oficializó el Gobierno Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 39/21 publicado en el Boletín Oficial, en el marco de la ampliación de la emergencia pública en materia ocupacional hasta el 31 de diciembre de 2021.
La norma establece que, durante el plazo de 90 días, la enfermedad COVID-19 producida por el virus SARS-CoV-2 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional para la totalidad de las trabajadoras y los trabajadores dependientes incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular.
Las y los trabajadores que forman parte del personal de la salud y miembros de fuerzas de seguridad federales o provinciales que cumplan servicio efectivo, de acuerdo a lo determinado por los DNU N° 367/20 y 875/20, la Comisión Médica Central (CMC) de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) deberá entender que la contingencia guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada hasta los 60 días posteriores a la finalización de la vigencia de la declaración de la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida en el DNU N° 260/20.
Asimismo, las prestaciones que se deban otorgar a las y los trabajadores será imputado al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales de la SRT. Se deberá mantener una reserva mínima equivalente al 10% de los recursos para la cobertura de posibles enfermedades profesionales que puedan darse en el futuro.
A su vez, la norma faculta al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) a disponer la prórroga del plazo dispuesto por el presente decreto, así como también a modificar el monto destinado al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales.
Cabe señalar que desde el inicio de la declaración del Aislamiento Preventivo y Obligatorio (ASPO) y mediante la puesta en vigencia del DNU Nº 367/20 que reconoció al COVID-19 como enfermedad profesional, al 15 de enero de 2021, el sistema de riesgos del trabajo cuenta con una cobertura de más de 218 mil trabajadores y trabajadoras.
Los trabajadores de la salud representan 24% de los casos denunciados, seguidos por las fuerzas de seguridad, fuerzas armadas y bomberos que concentran el 13% de los casos. Ventas minoristas de bienes y servicios aglutinan el 8%, tareas de limpieza y mantenimiento el 6%, transporte de pasajeros el 5%, mientras que la seguridad privada el 3%. El 41% restante se encuentra atomizado entre los restantes códigos de actividad -más de 200-.
Decreto N° 39/2021 - Descargar aquí