SSN: Créase el Registro de Canales Digitales

Se conformará con la información de dominios web, correo electrónico, aplicaciones web y/o whatsapp transaccional de Entidades Aseguradoras, Productores Asesores de Seguros, Sociedades de Productores de Seguros, y Agentes Institorios, que se destinen a la comercialización e intermediación de seguros.


Se conformará con la información de dominios web, correo electrónico, aplicaciones web y/o whatsapp transaccional de Entidades Aseguradoras, Productores Asesores de Seguros, Sociedades de Productores de Seguros, y Agentes Institorios, que se destinen a la comercialización e intermediación de seguros.



La Superintendencia de Seguros de la Nación comunicó a través de la  RESOL-2022-407-APN-SSN#MEC de Fecha 03/06/2022 que se crea el Registro de Canales Digitales, que se conformará con la información de dominios web, correo electrónico, aplicaciones web y/o whatsapp transaccional de Entidades Aseguradoras, Productores Asesores de Seguros, Sociedades de Productores de Seguros, y Agentes Institorios, que se destinen a la comercialización e intermediación de seguros.

Para ello, desde la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), se creó, dentro de los sistemas RAI, AXIS y Rúbrica Digital, el menú SITIOS WEB.

La información que debera suministrarse es la siguiente: 

Sitio Web: Deberá completar con el sitio web institucional y todos aquellos donde se comercialicen seguros y endosos. 

Email: Deberá completar con el correo electrónico institucional correspondiente que se utilicen para la comercialización de seguros y endosos. 

App Comercial: Deberá colocar el nombre de la app comercial que brinde como servicio a los usuarios para la comercialización de seguros y endosos. 

Whatsapp Transaccional: Deberá indicar el número, sin guiones, que utilice para para la comercialización de seguros y endosos

En caso de que no contar con alguno de los datos solicitados, deberá dejar el campo vacío y tildar la opción No presenta

En caso de presentar dudas o consultas sobre el sistema, o en la parte administrativa solicitamos se contacte a través de las siguientes vías: Consultas administrativas: [email protected] y [email protected] y Consultas sobre el uso del sistema/aplicación: [email protected]

Accede a la resolución aquí:  anexo_6625342_1.pdf