Prohibiciòn de emisiòn a Social San Juan Seguros de Personas S.A.

Lo dispuso la SSN a través de la Resolución 2026-185-APN-SSN#MEC de fecha 22/04/2026


Lo dispuso la SSN  a través de la Resolución 2026-185-APN-SSN#MEC de fecha 22/04/2026



La SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN a través de la Resolución 2026-185-APN-SSN#MEC de fecha 22/04/2026 resolvió prohibir a SOCIAL SAN JUAN SEGUROS DE PERSONAS S.A. (CUIT 30-71701996-9) celebrar nuevos contratos de seguros. Intimar a SOCIAL SAN JUAN SEGUROS DE PERSONAS S.A., en los términos del artículo 31 de la Ley N° 20.091, para que en el plazo de TREINTA (30) días corridos reintegre el capital a los efectos de revertir los siguientes déficits presentados en los Estados Contables cerrados al 31 de diciembre de 2025:

a. en el Estado de Capitales Mínimos que asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 649.745.847); y

b. en el Cálculo de Cobertura de PESOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS ($ 11.902.482).


Acceda a la Resolución completa aquí: 185 SUN BO.pdf