El organismo de control dejó firme el dictamen técnico que detectó una sobreexposición de $27.893 millones respecto de los límites fijados en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
La disposición ratifica lo determinado por la Gerencia Técnica y Normativa del ente regulador a través de los informes técnicos IF-2026-98952987-APN-GTYN#SSN e IF-2026-105108265-APN-GTYN#SSN. En ambos expedientes se objetó el apartamiento de las pautas establecidas en el punto 32.1.1 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) (t.o. Resolución SSN N° 38.708/2014).
El punto 32.1.1 del RGAA regula la retención máxima a riesgo propio que una entidad aseguradora puede asumir en sus operaciones en relación con su responsabilidad patrimonial y su estructura de respaldo. El sobrepaso de estos techos normativos implica que la aseguradora ha retenido una porción de riesgo superior a la autorizada por el marco prudencial sin el correspondiente desvío o cesión hacia esquemas de reaseguro adecuados.
Con este dictamen en sede administrativa, la compañía especializada en garantías de caución queda sujeta a las medidas de encuadre técnico y financiero requeridas por la autoridad de control para restablecer los parámetros de exposición y solvencia exigidos en el mercado.
Acceda a la resoluciòn completa aquì : 468 SUN BO.pdf