La ART MUTUAL DE EMPLEADOS MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR SAN FRANCISCO podrá operar a partir del día de la fecha
La SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Y SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN a traveés de la Resolución Conjunta 2/2022 de fecha 30/11/2022 y publicada en el día de hoy en el Boletín Oficial. resolvieron autorizar a la ART MUTUAL DE EMPLEADOS MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR SAN FRANCISCO (C.U.I.T. N° 30-71721658-6), en adelante “ART Mutual”, a operar y afiliar en seguros de riesgos del trabajo, en los términos del artículo 26, apartado 1° de la Ley N° 24.557, del artículo 2°, inciso a) de la Ley N° 20.091 y el Decreto N° 1.720 de fecha 19 de septiembre de 2012, conforme la descripción del ámbito territorial y personal que se detallan en el Anexo IF-2022-129423459-APN-GCP#SRT que forma parte integrante de la presente resolución.
Acceda al anexo aquí: anexo_6757924_1.pdf